Entendiendo la diferencia entre boleta y factura

Si estás en el proceso de abrir tu propio negocio, una de las prioridades es entender cómo emitir comprobantes de venta. ¿Sabes cuándo debes entregar boletas o cuando corresponden las facturas? La diferencia puede parecer mínima pero es fundamental entenderla.

Las boletas y facturas son comprobantes tributarios que se utilizan para acreditar la compra de un bien o servicio, incluyendo información de la transacción como el detalle de la mercancía vendida, el valor unitario, el precio total a pagar, entre otros datos. La principal diferencia entre estos dos documentos radica en a quién se entregan. Mientras la boleta se suele dar al consumidor final, la factura se entrega a intermediarios, es decir, se emite cuando la transacción se realiza entre empresas, ya que la factura le permite a las empresas acceder a beneficios tributarios.

Importancia de distinguir entre boleta y factura para un empresario

Para un emprendedor, es vital entender estas diferencias ya que adquiere productos para revender, no para su propio consumo. Por ende, tiene derecho al reembolso del monto que pagó como IVA. Este reembolso no es posible con una boleta, solo con una factura. Además, la factura contiene más datos relevantes para un empresario, como información del comprador, hora y fecha de la transacción, actividad comercial y relación de productos adquiridos.

Diferencia entre boleta afecta y exenta

Una boleta afecta incluye un Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 19% y se utiliza para la venta de productos y servicios sujetos a este impuesto. En contraste, una boleta exenta no incluye IVA, ya que se emite para transacciones de productos o servicios que están exentos de este impuesto, conforme a la normativa vigente.

Importancia de distinguir entre boleta y factura para un empresario

En términos generales, las facturas o boletas deben ser emitidas de la siguiente manera: Cuando se percibe el honorario o la remuneración respectiva, entendiéndose que tal situación ocurre cuando la renta ha ingresado, materialmente, al patrimonio del contribuyente, sin que importe si ella se ha devengado o no al momento de su percepción.

Por otra parte, en el caso de las ventas de bienes corporales muebles, las Facturas o Boletas de Ventas deberán emitirse en el mismo momento de la entrega real o simbólica de las especies. En el caso de los servicios, las boletas deberán emitirse en el momento del pago del servicio y las facturas dentro del período tributario que ocurra el pago.

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